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Di Mitrio Inmobiliaria

Kit de Gastos a la hora de vender tu casa (en la CABA)

Por Marcelo Di Mitrio, Corredor Inmobiliario

La venta de tu casa tiene múltiples aristas, una de ellas, muchas veces desconocida y generadora de sorpresas nada agradables es la relativa a \»los gastos que tendrás que afrontar a la hora de venderla\».

Te aconsejamos tomes lápiz y papel y \»hagas números\», te serán de mucha utilidad cuando el momento de formalizar la venta de tu casa llegue.

Los importes a erogar surgen de los siguientes ítems:

  • Honorarios de la inmobiliaria interviniente
  • Gastos de escrituración
  • Impuestos provinciales
  • Impuestos nacionales

En caso que hubieres contratado a un inmobiliaria para que te acompañe en el proceso de venta de tu casa, deberás abonar a ésta honorarios de hasta el 3% del precio de venta. Eventualmente deberás abonar además el Impuesto al Valor al Agregado, 21% sobre los honorarios facturados.

Respecto de los gastos de escrituración, éstos deben ser cuantificados por un Escribano, sólo podemos anticiparte que suelen no resultar significativos excepto se trate de situaciones especiales tales como tracto abreviado, rectificaciones registrales, entre otros trámites.

Yendo a los impuestos provinciales, en concepto de Impuesto de Sellos deberás abonar el 1,80% del valor fiscal de la compraventa.

Claro que si \»tu comprador\» adquiriera tu casa como vivienda única, familiar y de ocupación permanente y en tanto constituya la única propiedad en cabeza de éste, podrás beneficiarte de la exención prevista en el Código Fiscal.

Y nos quedan los impuestos nacionales, a no temer, es sólo uno: sólo que dependiendo de la fecha de adquisición de tu casa podra ser uno u otro.

En caso que hayas adquirido tu casa el 31/12/2017 o antes, la compraventa estará gravada por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles; mientras que si la adquiriste el 1/1/2018 o en fecha posterior, estará gravada por el Impuesto a las Ganancias.

Si la compraventa estuviere gravada por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles deberás abonar el 1,50% del valor fiscal de la compraventa; salvo que obtengas la respectiva exención de parte de la AFIP.

En Di Mitrio Inmobiliaria gestionamos, sin cargo adicional alguno, las exenciones del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles para nuestros clientes vendedores deciden solicitarla.

En caso que la compraventa estuviere alcanzada por el Impuesto a las Ganancias deberás abonar el 15% sobre la diferencia entre el valor fiscal de la compraventa y el costo de adquisición actualizado. En caso de venta de casa-habitación, estarás eximido del pago de este impuesto.

En próximos posteos te contaremos más acerca de los impuestos que gravan la venta de tu casa y te ayudaremos con algunos casos prácticos.